Algunas consideraciones para la votación del 29/09 en la elección de representantes docentes para integrar el Consejo General de Cultura y Educación.
El voto es obligatorio para todos los docentes de escuelas públicas. Los docentes de escuelas privadas no votan. Como es una obligación impuesta por el empleador (Dirección General de Cultura y Educación), esto significa que todos los docentes son citados, por lo tanto, el voto se debe cumplir en el horario de trabajo y con la constancia del voto emitido es suficiente para justificar la inasistencia. Art.
La sanción en caso de no concurrir en forma justificada, son 5 días de suspensión sin goce de haberes.
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